Comercio Exterior
66
Historia del tequila
Declaratorias generales de protección
a la Denominación de Origen Tequila
Mediante una resolución publicada el
22 de noviembre de 1974, el gobierno de
México, a través de la Dirección General
de la Propiedad Industrial de la (entonces)
Secretaría de Industria y Comercio, emite
la primera declaratoria general de protec-
ción a la Denominación de Origen Tequi-
la, mediante la cual se otorga al tequila
la protección prevista en el capítulo X,
Título Tercero, de la Ley de la Propiedad
Industrial vigente. Dicha declaratoria es-
tablece un territorio de denominación de
origen, que comprende 167 municipios,
los cuales cubren una superficie aproxi-
mada de 9 713 000 hectáreas. Esta resolu-
ción estuvo vigente hasta el 13 de octubre
de 1977 e incluye todos los municipios
del estado de Jalisco (124), seis munici-
pios del estado de Guanajuato, 29 munici-
pios del estado de Michoacán de Ocampo
y ocho municipios del estado de Nayarit.
La segunda declaratoria general de
protección a la Denominación de Ori-
gen Tequila, establece un territorio de
denominación de origen que comprende
178 municipios, los cuales cubren una
superficie aproximada de 11 614 300
hectáreas y estuvo vigente del 14 de oc-
tubre de 1977 hasta el 3 de noviembre
de 1999. Abarca todos los municipios de
Jalisco (124), seis de Guanajuato, 29 de
Michoacán de Ocampo, ocho de Nayarit
y 11 de Tamaulipas.
La tercera declaratoria se expidió
el 26 de octubre de 1999 y comprendió
179 municipios, los cuales cubren una
superficie aproximada de 11 637 800
hectáreas. Estuvo vigente del 4 de no-
viembre de 1999 al 25 de junio de 2000
y contemplaba todos los municipios de
Jalisco (124), seis de Guanajuato, 30 de
Michoacán de Ocampo, ocho de Nayarit
y 11 de Tamaulipas.
La cuarta declaratoria extendió el te-
rritorio de denominación de origen a 181
municipios y a una superficie aproxima-
da de 11 682 400 hectáreas. Esta resolu-
ción se emitió el 12 de junio de 2000, se
publicó en el
DOF
el 26 de junio de 2000
y entró en vigor a partir del 27 de junio
de ese mismo año. Comprende todos
los municipios de Jalisco (125), siete de
Guanajuato, 30 de Michoacán de Ocam-
po, ocho de Nayarit y 11 de Tamaulipas.
El trabajo de los agentes productivos
y de las entidades de apoyo en la procu-
ración de calidad, defensa y promoción
del tequila se ha visto retribuido en el
reconocimiento de los signos distintivos
del tequila.
LA NORMA DEL TEQUILA
El tequila ha sido objeto de una norma
de calidad a partir de 1949. De entonces
a la fecha se han expedido diez versiones
de la misma. Una norma tiene como ob-
jetivo procurar cierta coordinación técni-
co-económica. En el caso de una norma
de producto, ampliada a los procesos,
establece un conjunto de requisitos espe-
cíficos para los insumos y para los pro-
cesos, de suerte que se garantice cierta
calidad en el producto obtenido. Para el
caso del tequila se trata de: especificacio-
nes sanitarias, físico-químicas e incluso
organolépticas para el producto final; es-
pecificaciones sanitarias, físico-químicas
para la materia prima: el agave; especifi-
caciones para otros ingredientes (azúcar);
requerimientos sobre las instalaciones, el
equipo, el personal y el proceso para la
elaboración del tequila; requerimientos
sobre el tipo de agave; requerimientos o
lineamientos sobre las prácticas agríco-
las para el cultivo del agave; y, requeri-
mientos de información para fines de la
evaluación de conformidad.
Por tratarse de una norma para un
producto de calidad específica debe pre-
verse (más allá de este instrumento) que
la estandarización no actúe en detrimen-
to de los usos y costumbres, de la varie-
dad regional, del espacio y del desarrollo
territorial.
El 13 de mayo de 1941 se publicó
la Ley de Industrias de Transformación
(LIT) promulgada el 21 de abril de 1941.
En el capítulo III de esa ley, titulado “De
las normas industriales de calidad” (artí-
culos 29-35), se abordó por primera vez,
en el ámbito regulatorio oficial del Méxi-
co contemporáneo, el tema de la normali-
zación. Se establece que en la Secretaría
de la Economía Nacional “funcionará la
Oficina de Servicios de Normas Indus-
triales de Calidad”.
El 11 de febrero de 1946 se publicó
la Ley de Normas Industriales (LNI),
promulgada el 31 de diciembre de 1945,
mediante la cual se derogan los artículos
29 a 35 de la Ley de Industrias de Trans-
formación, de 1941. La LNI será el so-
porte de la primera norma para el tequila,
la DGN.R9-1949, expedida el 12 de
mayo de 1949 y publicada el 14 de junio
del mismo año.
El 7 de abril de 1961 se publicó
la Ley General de Pesas y Medidas
(LGPM), expedida el 17 de marzo de
1961, que sería la base de las siguientes
versiones de la norma del tequila: 1964,
1968, 1970, 1976 y 1978.
MAPA. TERRITORIO DE DENOMINACIÓN DE ORIGEN DEL TEQUILA
1...,58,59,60,61,62,63,64,65,66,67 69,70,71